Micelio
Auto25 de enero de 2005

A- de 2005

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Mauricio Pava Lugo

Tema · dato duro
Demanda De Inconstitucionalidad Contra El Articulo 394 De La Ley 906 De 2004, Por La Cual Se Expide El Codigo De Procedimiento Penal. Aceptar Los Impedimentos Presentados Por El Procurador Y El Viceprocurador General De La Nación Para Actuar En El Proceso D-5515
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Aceptar el impedimento manifestado por el doctor Edgardo Jose Maya Villazon, Procurador General de la Nacion para actuar como tal en el proceso D-5515 en el cual el ciudadano Mauricio Pava Lugo, solicita a la Corte declarar la inexequibilidad parcial del articulo 394 de la Ley 906 de 2004 , "Por la cual se expide el Codigo de Procedimiento Penal".
  2. Segundo. Aceptar el impedimento manifestado por el doctor Carlos Arturo Gomez Pavajeau, Viceprocurador General de la Nacion para actuar como tal en el proceso D-5515 en el cual el ciudadano Mauricio Pava Lugo, solicita a la Corte declarar la inexequibilidad parcial del articulo 394 de la Ley 906 de 2004 , "Por la cual se expide el Codigo de Procedimiento Penal".
  3. Tercero. En consecuencia, el senor Procurador General de la Nacion, en ejercicio de la funcion que le asigna el articulo 7o del Decreto Ley 262 de 2000 designara al funcionario que en representacion del Ministerio Publico debera rendir el concepto correspondiente en este proceso, durante el resto del termino que para el efecto corresponde al Ministerio Publico.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.